Novedades en los Límites de Velocidad
En cuanto a las modificaciones previstas de algunos aspectos del Reglamento General de Circulación que afectan de lleno a los límites de velocidad permitidos en las carreteras convencionales, se anticipa que se rebajará la velocidad permitida en este tipo de carreteras de un solo carril por sentido a 90 km/h para los turismos y motocicletas; los camiones, furgonetas y resto de vehículos deberán circular como máximo a 80 km/h. A partir de enero superar estos límites de velocidad supondrá también la retirada de 2 puntos del carné y 300 euros de multa. La DGT considera que con esta iniciativa se podría reducir la cifra de siniestralidad en un 10%, ya que un 75% de los accidentes mortales se producen en carreteras convencionales.
Por último, en 2019 habrá novedades en varios aspectos relacionados con la vigilancia de la velocidad. Por un lado, se incrementará el número de radares.
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